Tal y como establece el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores, la Empresa debe elaborar anualmente un calendario laboral que debe ser expuesto en un lugar visible de cada centro de trabajo. Incumplir esta obligación constituye una infracción leve sancionable con una multa entre 60 a 625 €.
Muchas empresas confeccionáis el calendario laboral. Para quien no suele elaborar el calendario laboral disponemos de una plantilla de calendario laboral para 2020 para Navarra en formato Excel (fácilmente adaptable a otras provincias). De este modo pretendemos proporcionaros una herramienta sencilla que facilite el cumplimiento de la normativa. Si os interesa dicha plantilla para Navarra o para otras provincias poneros en contacto con la Asesoría.
En dicho Excel hay dos calendarios uno simple y otro con la posibilidad de rellenar las horas a trabajar cada día, las vacaciones y los puentes o días de no trabajo para ajuste de la jornada anual. Al rellenarse las celdas se autocalculan los totales. De este modo se puede utilizar el que más se ajuste a las necesidades de la empresa.
En todo caso debe trabajarse el calendario por parte de la Empresa para incluir: los datos identificativos; el horario de prestación de servicios; la jornada anual; las vacaciones; la distribución de los días laborables; el festivo correspondiente al municipio; los puentes o días de no trabajo para ajuste de la jornada anual; etc. para garantizar así que los trabajadores realizan su jornada anual y disfrutan de sus vacaciones.
Si existen trabajadores con distintos horarios habrá que estudiar la posibilidad de hacer un calendario por sección o incluso por trabajador. En todo caso, no se trata de precisar con detalle todas y cada una de las situaciones individuales, basta con reflejar las jornadas generales de la plantilla.
Detalle festivos laborables: