Sidero Navarra: temporal 12 meses
Modificación del artículo 50.C del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Navarra 2022-2026 con efecto desde 15/07/2026.
(más…)Modificación del artículo 50.C del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Navarra 2022-2026 con efecto desde 15/07/2026.
(más…)Una empleada de hogar interna es aquella que presta sus servicios en el domicilio familiar residiendo en el mismo, es decir, con pernocta habitual en la vivienda del empleador. Esta circunstancia es la que justifica un régimen jurídico propio dentro de la relación laboral especial del servicio del hogar familiar (RD 1620/2011), con reglas específicas sobre jornada, descansos y retribución. La nota distintiva no es tanto el número de horas, sino la convivencia y disponibilidad dentro del hogar, lo que obliga a diferenciar claramente los distintos tipos de tiempo que pueden concurrir en su jornada.
(más…)La reciente Orden ISM/541/2026 introduce un nuevo paso en la digitalización de la Seguridad Social y, en la práctica, amplía de forma significativa el colectivo de ciudadanos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración. El cambio afecta directamente a la gestión diaria de expedientes y exige a las asesorías anticipar ajustes operativos para evitar incidencias.
(más…)El Gobierno ha aprobado una nueva regulación de la jubilación flexible mediante el Real Decreto 416/2026, que entrará en vigor el próximo 29 de agosto de 2026, introduciendo cambios relevantes en la compatibilidad entre el cobro de la pensión de jubilación y la continuidad en la actividad laboral.
(más…)La jornada laboral en el transporte de mercancías por carretera es una de las más singulares del mercado laboral español. A diferencia de otros sectores, en ella conviven normas europeas de seguridad vial con una regulación laboral específica, lo que obliga a empresas y conductores a manejar un marco normativo especialmente complejo.
(más…)La compatibilidad de la pensión de jubilación con una actividad agraria por cuenta propia de escasa entidad económica viene regulada por el artículo 213.4 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Este precepto establece que el percibo de la pensión de jubilación contributiva es compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuando los ingresos anuales totales de dicha actividad no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual. En ese supuesto, la norma añade expresamente dos consecuencias: quienes realicen estas actividades económicas no estarán obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social y las actividades por las que no se cotice no generarán nuevos derechos prestacionales.
(más…)