Reconocido por la Ley Orgánica 3/2018, este derecho busca proteger el tiempo de descanso y la vida personal de los trabajadores. Las empresas deben elaborar una política interna específica.

Aunque en España el derecho a la desconexión digital está reconocido legalmente desde 2018, su cumplimiento efectivo en las empresas sigue siendo una asignatura pendiente. El artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, establece que todos los trabajadores y empleados públicos tienen derecho a no responder comunicaciones laborales fuera de su horario de trabajo, con el fin de preservar su tiempo de descanso, permisos y vacaciones.

La ley obliga a las empresas a elaborar una política interna de desconexión digital, en colaboración con los representantes de los trabajadores si los hay. Esta política debe contemplar:

  • Las modalidades de ejercicio del derecho: por ejemplo, horarios de no disponibilidad, canales de urgencia definidos o restricciones al envío de correos fuera de horario.
  • Medidas de formación y sensibilización: como campañas internas o sesiones informativas para fomentar el uso responsable de las tecnologías.
  • Medidas técnicas o de gestión: como desactivar notificaciones fuera de la jornada, limitar el acceso remoto a servidores, o establecer mensajes automáticos.

La política debe adaptarse a la naturaleza del trabajo, al uso de dispositivos digitales y al grado de flexibilidad del puesto. En sectores como el tecnológico o el comercial, donde las jornadas son más variables, es común incorporar cláusulas de disponibilidad pactada y descansos compensatorios.

Una buena práctica es integrar esta política dentro del plan de prevención de riesgos laborales, especialmente en el bloque psicosocial, y vincularla con medidas de conciliación y salud mental.

Recursos para redactar una política interna

Una referencia muy útil para empresas es la guía elaborada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), que ofrece recomendaciones claras y modelos orientativos para implantar este derecho de forma eficaz:

Guía sobre el derecho a la desconexión digital – AEPD e INSST (PDF)

Actualmente, muchas empresas aún no han implementado esta política o lo han hecho de forma simbólica. Aunque no existe una sanción directa en la ley por su ausencia, la Inspección de Trabajo podría actuar en caso de vulneración de derechos fundamentales o de salud laboral, aplicando el régimen sancionador de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).