ACTUALIZACIÓN: REGULACIÓN DESDE 05-07-2018 EN EL SIGUIENTE ENLACE

La prestación por paternidad [HASTA 04-07-2018] tiene una duración de 4 semanas.

Sus principales características son:

  • Es independiente de la licencia retribuida por nacimiento de hijo, que es de 2 a 4 días naturales según el Convenio Colectivo de aplicación en la empresa.
  • En caso de parto múltiple o discapacidad se amplía el permiso.

  • Es posible disfrutar el permiso de paternidad mientras dura el permiso de maternidad o inmediatamente después de éste.
  • No se puede fraccionar su disfrute. El disfrute es de 4 semanas ininterrumpidas.
  • Se puede disfrutar a tiempo parcial. Debe pactarse entre empresa y trabajador.
  • El permiso lo disfruta únicamente el padre, no puede ser cedido a la madre.
  • Parte del permiso de maternidad sí puede ser cedido al padre.
  • La Seguridad Social abona el salario al trabajador. Es el 100% de su base de cotización.
  • La empresa paga la cotización.
  • Si el trabajador es sustituido será bonificable el 100% de la cotización del sustituido y del sustituto. El trabajador sustituto debe ser desempleado y la empresa debe estar al corriente con la administración. En este caso será coste solo el salario del sustituto.