Certificado para trabajar con menores
La Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia establece, en su artículo 13, la siguiente obligación.
Será requisito para el acceso y ejercicio a (más…)
La Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia establece, en su artículo 13, la siguiente obligación.
Será requisito para el acceso y ejercicio a (más…)
Tras reconocer en su preámbulo el destacado protagonismo al servicio de la generación de riqueza y de la actividad productiva del trabajo autónomo, la Ley se introduce en una serie de modificaciones que afectan directamente a la Ley General de Seguridad Social y a normas complementarias con rango de Reglamento sobre altas, bajas, cotización, pluriactividad, etc… (más…)
ACTUALIZACIÓN: REGULACIÓN DESDE 05-07-2018 EN EL SIGUIENTE ENLACE
La prestación por paternidad [HASTA 04-07-2018] tiene una duración de 4 semanas.
Sus principales características son:
Según lo establecido en el artº 34.4 del ET, siempre que la duración de la jornada diaria CONTINUADA exceda de seis horas, deberá establecerse un tiempo de descanso durante la misma no inferior a 15 minutos. Este tiempo se considerará como tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo
El resumen comparativo que se ofrece seguidamente no pretende censurar sino, simplemente, examinar con realismo práctico la situación del pequeño empresario que cuente con trabajadores asalariados en relación con empresas de centenares de trabajadores a su servicio.
Tampoco esconde pretensión alguna peyorativa o retrógrada hacia los trabajadores que sirven en pequeñas empresas o microempresas. Se trata de establecer un parangón bajo la visión contrastable de la norma y su alcance en uno u otros casos.
Lo que en definitiva propugnamos es un tratamiento legal y administrativo hacia el pequeño empresariado que estimule y favorezca las fuentes de creación de empleo (autónomos, auto-empleo, emprendedor, economía social…) que la pequeña empresa demuestra poder promover porque constituye un vector trascendental en el tejido económico del País. (más…)
Para poder aplicar las medidas de apoyo al emprendimiento reguladas en la Disposición adicional tercera de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, los contribuyentes habrán de estar inscritos en el Registro de personas o entidades emprendedoras.
Los beneficios fiscales de las personas o entidades emprendedoras serán de aplicación desde el periodo impositivo en que se solicite la inscripción en el Registro.
Por tanto La inscripción en dicho Registro es condición obligatoria tanto para realizar el procedimiento establecido como para comprobar si cumple los requisitos objetivos.
Consulte con su Asesor Fiscal para más información.