La Ley Nº 14/2013 de 27/09/13 introduce importantes avances en apoyo a los emprendedores, que iremos tratando, dando comienzo en el artículo 39 con la modificación del artículo 30.5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en la medida de que en las empresas de hasta 10 trabajadores, el empresario podrá asumir personalmente las funciones, siempre que las desarrolle de forma habitual y no sean peligrosas
La misma posibilidad se reconoce al empresario que reuniendo tales requisitos, con una plantilla de hasta 25 trabajadores, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de trabajo.
Introduce una disposición adicional 17º en la que propugna asesoramiento técnico a los emprendedores de hasta 25 trabajadores para la organización de sus actividades preventivas, impulsando el cumplimiento efectivo de las obligaciones de prevención de forma simplificada. Para ello, procederá el Ministerio de Trabajo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social en colaboración con las Comunidades Autónomas.