Prevención de riesgos laborales: trabajador designado
El artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores señala como uno de los deberes laborales del trabajador, observar las medidas de prevención de riesgos laborales que se adopten y, asimismo, el artículo 19 dispone que el trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad y salud.
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