Reforma laboral 2022. Contrato formativo.
CONTRATO FORMATIVO. Artículo 11 ET.
El contrato formativo tendrá por objeto la formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena, o el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios.
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