¿Qué es el periodo de prueba?

El periodo de prueba es un plazo que se puede establecer en contrato (con los límites del Convenio colectivo, o los que marca el Estatuto de los Trabajadores en su artº 14), en el que cualquiera de las partes, sin causa o justificación, puede extinguir el contrato de trabajo. (más…)

Certificado para trabajar con menores

La Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia establece, en su artículo 13, la siguiente obligación.

Será requisito para el acceso y ejercicio a (más…)

Prestación por paternidad

ACTUALIZACIÓN: REGULACIÓN DESDE 05-07-2018 EN EL SIGUIENTE ENLACE

La prestación por paternidad [HASTA 04-07-2018] tiene una duración de 4 semanas.

Sus principales características son:

  • Es independiente de la licencia retribuida por nacimiento de hijo, que es de 2 a 4 días naturales según el Convenio Colectivo de aplicación en la empresa.
  • En caso de parto múltiple o discapacidad se amplía el permiso.

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El tiempo de descanso durante la jornada ¿computa como tiempo efectivo de trabajo?

Según lo establecido en el artº 34.4 del ET, siempre que la duración de la jornada diaria CONTINUADA exceda de seis horas, deberá establecerse un tiempo de descanso durante la misma no inferior a 15 minutos. Este tiempo se considerará como tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo

 

Registro de personas o entidades emprendedoras

Para poder aplicar las medidas de apoyo al emprendimiento reguladas en la Disposición adicional tercera de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, los contribuyentes habrán de estar inscritos en el Registro de personas o entidades emprendedoras.

Los beneficios fiscales de las personas o entidades emprendedoras serán de aplicación desde el periodo impositivo en que se solicite la inscripción en el Registro.

Por tanto La inscripción en dicho Registro es condición obligatoria tanto para realizar el procedimiento establecido como para comprobar si cumple los requisitos objetivos.

Consulte con su Asesor Fiscal para más información.

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